Estero Chimbarongo
La existencia de la Junta de Vigilancia data del 18 de junio de 1872, cuando la Autoridad Administrativa de la época dictó una Ordenanza que dividió dichas aguas en acciones o partes de río, fijó los canales que tenían derecho a ella y les asignó el número de acciones que les correspondía del total del estero.

La Junta de Vigilancia del Estero Chimbarongo tiene 3.500 usuarios de aguas dentro de la organización.
La existencia de la Junta de Vigilancia data del 18 de junio de 1872, cuando la Autoridad Administrativa de la época dictó una Ordenanza que dividió dichas aguas en acciones o partes de río, fijó los canales que tenían derecho a ella y les asignó el número de acciones que les correspondía del total del estero. Posteriormente, los canalistas se reorganizan en reunión efectuada el 20 de noviembre de 1903 ante el Juez de Letras de San Fernando.
El Decreto N° 1977 de 6 de noviembre de 1952 del Ministerio de Obras Públicas, reconoce como Junta de Vigilancia a la que existía a la fecha de entrar en vigencia el Código de Aguas. El DS del Ministerio de Industrias y Obras Públicas N° 1475 de 14 de agosto de 1954 aprueba los estatutos que constituyen un texto refundido y actualizado de sus estatutos, en conformidad al Código de Aguas vigente, después de la dictación de la Ley 16.640 sobre Reforma Agraria; el DS MOPT N° 579 de 10 de julio de 1968 aprueba la reforma de los estatutos primitivos; La Resolución DGA N° 102 de 19 de marzo de 1982, modifica los decretos 1977 de 1952 y 1475 de 1954 y aumenta el rol de regantes a 22.630 acciones permanentes.
El Decreto MOP N° 2287 de 30 de agosto de 1999, aprueba las reformas a los estatutos de 1999; La Resolución Exenta DGA N° 2086 de 17 de agosto de 1999 ordena el registro y declara organizada la Junta de Vigilancia del Estero Chimbarongo. Inscripción vigente en el Conservador de Bienes Raíces de Santa Cruz a fojas 40 N° 38 de 2002 y sus anotaciones marginales posteriores.
JURISDICCIÓN:
Son miembros de esta Junta de Vigilancia las Asociaciones de Canalistas y las Comunidades de Agua que tienen derechos constituidos en el Estero Chimbarongo y en el Embalse de Convento Viejo. Ejerce la acción que le otorgan el Código de Aguas y los Estatutos en el Estero Chimbarongo, desde el nacimiento de éste y de sus afluentes en la cordillera de los Andes por el oriente, hasta su confluencia con el río Tinguiririca y en el embalse de Convento Viejo, acción que se ejerce tanto en la administración y distribución de las aguas, como en la jurisdicción que le confiere la Ley. La superficie de riego alcanza a las 36.000 ha aprox.
ORGANIZACIÓN:
Constituida por un directorio de 7 miembros, todos los cuales permanecen 3 años en sus cargos.
DIRECTORIO
Director: Alejandro Hartwig B.
Director: Ignacio Cardoen B.
Director: José Richasse U.
Director: Enrique Ulloa C.
Director: Nicolás Peña U.
Director: Gustavo Moreno C,
ADMINISTRACIÓN
Gerente: M. Graciela Correa R.
Secretaria: Elvira Zúñiga U.
Encargado Estero: Carlos León
OBJETIVO:
De acuerdo al Art. 266 Código de Aguas. “Las juntas de vigilancia tienen por objeto administrar y distribuir las aguas a que tienen derecho sus miembros en las fuentes naturales, explotar y conservar las obras de aprovechamiento común y realizar los demás fines que les encomiende la ley”.
ESTRATEGIA:
Realizar acciones de gestión y control que permitan una administración eficiente y moderna del agua asegurando el riego; promover la asociatividad y el uso de instrumentos de apoyo que permitan mejorar la infraestructura de riego; promover el multiuso del agua y el cuidado del entorno y de la calidad del agua.
ESTATUTOS |
lts/seg/acc del estero = 1,55 |
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Canal |
Acciones del estero |
Acc.Internas de cada canal |
lts/seg/acc de canal* |
Santa Rita | 900,0 | 900,0 | 1,55 |
Molina San Luis | 185,0 | 185,0 | 1,55 |
San José de Toro | 570,0 | 570,0 | 1,55 |
Salinas | 287,5 | 287,50 | 1,55 |
El Cerro | 287,5 | 287,50 | 1,55 |
El Cuadro | 1.020,0 | 1.020,0 | 1,55 |
San Antonio | 1.020,0 | 817,9530 | 1,9329 |
Toma Nueva | 40,0 | 40,0 | 1,55 |
Auquinco | 165,0 | 165,0 | 1,55 |
Cassanello o Portino | 165,0 | 165,0 | 1,55 |
Comunidad | 4.232,5 | 4.232,50 | 1,55 |
Huape | 75,0 | 75,0 | 1,55 |
Islano | 150,0 | 150,0 | 1,55 |
Uva Blanca | 412,5 | 412,50 | 1,55 |
San Luis o Quinahuino | 1.140,0 | 2.190,2050 | 0,8068 |
Orillano | 300,0 | 205,7500 | 2,26 |
Población | 3.000,0000 | 325,0 | 14,3077 |
Santa Cruz y Paniahue | 2.000,0000 | 377.918,0 | 0,0082 |
Sucesión Cabello | 80,0 | 110,0 | 1,1273 |
Las Trancas | 3.000,0 | 48,0 | 96,8750 |
Colchagua | 3.000,0 | 10.000,0 | 0,4650 |
Los Cardos | 1.500,0 | 1.500,0 | 1,55 |
Total Acciones Aguas Abajo embalse: | 23.530,0000 | ||
Aguas Arriba embalse: | |||
Quillayes | 79,0 | ||
Molino Morza | 140,0 | ||
La Bombilla y la Patagua | 67,0 | ||
Fundo El Sauce | 118,0 | ||
Casas de Huemul | 24,0 | ||
Total Acciones Permanentes | 24.858,00 |
*Cálculo dotación del estero aguas abajo del embalse: 1,55 lts/seg (caudal normal máximo) x acciones del estero / acciones del canal = lts/seg/acc del canal
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SISTEMA DE AFORO DE CANALES: ASOCIACIONES DE CANALISTAS Y COMUNIDADES DE AGUA PERTENECIENTES:
DATOS CONTACTOPresidente: Patricio Crespo U.
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