Estero Codegua y sus afluentes

Estero Codegua

En los autos Rol V-269-2012, caratulados «Prenzel», seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua, se dictó sentencia el 13 de mayo de 2013. Esta resolución, modificada por decisiones del 17 y 30 de abril de 2014, declaró la existencia de la Junta de Vigilancia del Estero Codegua y sus Afluentes. Esta organización opera en la provincia de Cachapoal, Codegua, en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

Jurisdicción y Ubicación

El Estero Codegua pertenece a la Hoya Hidrográfica del Río Maipo. Su cauce natural ejerce jurisdicción sobre toda la cuenca del estero. El tramo abarca desde su nacimiento en coordenadas UTM Norte: 6.245.000 y Este: 372.100 Datum 1956 hasta su confluencia con el Estero El Tronco, donde inicia el Río San Francisco, en coordenadas UTM Norte: 6.239.200 y Este: 341.350 Datum 1956.

Incluye todos sus afluentes, subafluentes, quebradas, esteros y lagunas, así como las aguas que escurren de manera continua o discontinua, superficial o subteránea, en este sector.

Objetivos de la Junta de Vigilancia Estero Codegua

La Junta de Vigilancia tiene como funciones principales:

  • Administrar y distribuir las aguas a las que tienen derecho sus miembros.
  • Explotar y conservar obras de aprovechamiento común.
  • Construir nuevas obras y mejorar las existentes con autorización de la Dirección General de Aguas.
  • Instalar y operar instrumentos de medición del caudal, manteniendo registros estadísticos.
  • Preservar la calidad del agua y evitar su contaminación.
  • Generar ingresos para el cumplimiento de sus funciones.
  • Asegurar que nuevas captaciones de agua cumplan con el Código de Aguas.

Los Canales sometidos a la jurisdicción de la Junta de Vigilancia y sus dotaciones son los siguientes:

Derechos consuntivos

  1. Asociación de Canalistas del Canal La Leonera: 10 acciones, 1.250 l/s.
  2. Asociación de Canalistas del Canal Codegua: 10 acciones, 1.250 l/s.

Derechos eventuales

  1. Asociación de Canalistas de Cachapoal: 5,16 acciones, 645 l/s.
  2. Asociación de Canalistas Canal Lucano: 5,16 acciones, 645 l/s.

Derechos no consuntivos, caudal promedio anual:

  1. Eric Prenzel Leupolt: permanente y continuo: 4,92 acciones, 615 l/s; eventual y discontinuo: 1,08 acciones, 135 l/s.
  2. Eric Prenzel Leupolt: permanente y discontinuo: 2,42 acciones, 302,5 l/s; eventual y discontinuo: 6,20 acciones, 771,6 l/s. Total acciones: 44,94 por 5.614,1 l/s.

Directorio

  • Presidente: José Meza Bañados
  • Vicepresidente: Eric Prenzel Valenzuela
  • Tesorero: Francisco Orueta de Val
  • Secretario de directorio: Javiera Acevedo Carmona
  • Secretario de Acta: Alberto Rodríguez Bosshard
  • Juez de río: Nicolás Muñoz Guevara

Asociación Canal La Leonera

La Asociación de Canalistas del Canal La Leonera se constituyó el 20 de septiembre de 1953. El Decreto Supremo N°1741 del Ministerio de Obras Públicas establece que sus asociados poseen el 50% de las aguas del Estero Codegua.

Estos derechos fueron reconocidos en 1887 cuando se estableció que el estero se dividía en dos mitades de un total de 20 partes. En 1927, la escritura pública N°972-973 ratificó esta propiedad.

El lado sur del Estero Codegua representa el 50% del caudal y está dividido en 1.148.936 acciones, distribuidas entre 22 asociados.

División del Estero Codegua

Las asociaciones Sur y Norte del Estero Codegua han construido tres bocatomas para dividir el río en dos mitades. Sin embargo, estas han sido destruidas durante crecidas del estero. Actualmente, la división se realiza de forma provisoria cada año.