Constituciones y el agua en el mundo
15 December 2021

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La Revista del Campo hace unas semanas, nos aportó un análisis desarrollado desde el Centro de Derecho y Gestión del Agua de la Universidad Católica, de las Constituciones de varios países en lo referente al tratamiento de los recursos naturales en general, y del agua en particular. De ello se desprende un variado conjunto de normas, que recogen la realidad y cultura de cada país y las tradiciones que se busca cultivar con su gobernanza.
La tradición chilena se origina de la española, que se fue adaptando a nuestra realidad. En España, el reino asumió la iniciativa y materializó las inversiones en la red de distribución de aguas superficiales y son los ciudadanos quienes la administran.
En Chile, el gobierno colonial no estuvo en condiciones económicas de tomar la iniciativa y fueron los ciudadanos quienes solicitaron las mercedes de aprovechamiento para comenzar a cultivar los terrenos, limpiaron los campos de espinos, construyeron las bocatomas, miles de kilómetros de canales, y hasta hoy los conservan operativos y se encargan de la infraestructura para distribuir el agua a cada titular de acuerdo con sus derechos.
Hoy esa función básica les exige un gasto anual de unos 80 millones de dólares. Somos unas 5 mil organizaciones de usuarios que comprometen el trabajo ad honorem de unos 25 mil directivos, al servicio de unos 250 mil titulares de derechos, elegidos democráticamente y que hemos probado nuestra eficacia en todos estos años en que hemos debido convivir con déficit severos de agua, sin que se haya visto afectado el abastecimiento de alimentos para la ciudadanía.
El Estado, por su parte, se ha limitado a los mínimos requeridos, llegándose al extremo de que aún desconoce la totalidad de los derechos de aprovechamiento reconocidos y otorgados a lo largo del tiempo, lo que explica en parte la falta de realismo y eficacia de las políticas públicas en la materia.
Esta particular tradición de inversión y gestión ciudadana es la que explica, por una parte, el reconocimiento y otorgamiento de derechos de aprovechamiento como propiedad de los titulares, como también, como medio para asegurar certeza jurídica que aliente las inversiones, tan necesarias luego de la reforma constitucional de 1966 que nacionalizó sin indemnización todos los derechos de agua, seguida de la Reforma Agraria que expropió la tierra pagando el 10% del valor real (Alberto Valdés. PUC).
En Chile, la DGA ha estudiado la opción de asumir por el Estado la distribución de los derechos, reemplazando a los ciudadanos que hoy lo hacemos ad honorem. El costo al que se arribó multiplica por 30 el valor que hoy debemos aportar los titulares.
Australia, país que se menciona como modelo, es una realidad algo distinta. Viven de la acumulación de aguas invernales en grandes embalses. Durante la última sequía, de más de 10 años, lograron ponerse de acuerdo Conservadores y Laboristas para desarrollar un programa de inversión en infraestructura de 15 mil millones de dólares australianos.
Rehicieron y racionalizaron toda la red de canales de distribución, los revistieron e implementaron un sistema de compuestas manejadas a distancia que facilitó la distribución instantánea, permitiendo generar un mercado de aguas fluido y eficaz. El sistema, igual que en Chile, lo manejan los titulares de los derechos, sobre los cuales se tiene el dominio.
Lo más destacable fue que el Estado pudo comprar los derechos excedentes para constituir reservas ecológicas en manos del Estado para atender emergencias sanitarias futuras. Ello fue posible por la disminución de las pérdidas, fruto de la modernización de la red. Los australianos son admiradores de nuestra legislación.
En nuestra vecina Mendoza, el sistema de distribución lo maneja el Estado (DGI), y es así como cada mañana salen de las oficinas centrales cientos de camionetas con funcionarios a materializar la función de distribución, que es muy resistida por su alto costo. Esa función dura los 8 meses de la temporada de riego y el resto del año se inverna.
Mirar las realidades de los países nórdicos y anglosajones también resulta improcedente por representar realidades culturales, climáticas, hidrológicas y de relieve muy distintas a las nuestras. Los países latinoamericanos en general también tienen condiciones diferentes, donde las actividades agrícolas dependen en gran medida de regímenes de lluvias que son propios de sus climas.
Por lo señalado, no debemos distraernos en identificar modelos foráneos que no se avienen con nuestra realidad, y que solo sirven para contribuir a encubrir lo que ha sido nuestra histórica falencia, una visión de Estado con mirada de largo plazo.
Requerimos con urgencia sincerar nuestros diagnósticos y construir los acuerdos mínimos necesarios a partir de nuestra particular realidad, para que, dé una vez, podamos coincidir en un gran Programa Nacional que determine un plan priorizado y progresivo de inversión en infraestructura y acordar modalidades de gestión a la luz de las nuevas tecnologías disponibles.
Este esfuerzo lo debemos enfrentar entre el sector público y privado, asistidos por los especialistas de ambos mundos, que nos permita generar una institucionalidad robusta, profesional y estable, a la altura del desafío.